viernes, 15 de mayo de 2015

Después del examen en 14 de Mayo
Frente a la LOGSE que planteaba el proyecto educativo y el proyecto curricular como dos grandes procesos de toma de decisiones, dos documentos diferentes e independientes, la LOE hace un planteamiento integrador, dando unidad, mayor coherencia e interdependencia entre todos los procesos e instrumentos de planificación de los centros.
DOCUMENTOS INSTITUCIONALES
A largo y medio plazo:Proyecto Educativo;Reglamento de Régimen
A corto plazo:P.G.A--Memoria Anual;Presupuesto Económico--Rendición Cuentas
La PGA concreta y actualiza para un curso escolar las decisiones adoptadas en los documentos programáticos de mayor duración.
La Memoria Anual permite que decisiones de carácter anual, una vez evaluadas, puedan adquirir carácter de permanencia, o que acuerdos adoptados puedan ser revisados y evaluados e introduzcan modificaciones en los demás Documentos Institucionales.
PROYECTO EDUCATIVO
Concepto:El proyecto educativo es un instrumento de planificación y gestión de los centros en el que los diferentes sectores de la comunidad educativa, siendo coherentes con el contexto del centro, enumeran y definen las señas de identidad, formulan los objetivos del centro, los valores y las prioridades de actuación.
El proyecto educativo es el documento que recoge el conjunto de decisiones adoptadas y asumidas por toda la comunidad educativa, respecto a las opciones educativas básicas.
Funciones:Instrumento para conseguir la autonomía;Actuación coordinada de los sectores de la comunidad educativa;Cultura de participación de la comunidad educativa;Conocimiento del centro(Los centros deben elaborar su proyecto educativo y hacerlo público con objeto de facilitar su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa. El PEC es un medio de información y orientación a los alumnos y a las familias);Compromiso(El proyecto educativo debe ser un compromiso entre las familias y el propio centro, que exige la actuación coordinada y conjunta de todos los miembros de la comunidad educativa.
La LOE establece que en el PEC se deben consignar las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado.);Instrumento de coordinación entre centros adscritos;Orientación de los demás procesos de planificación.
CONCRECIÓN DE LOS CURRÍCULOS
Concepto:La Ley 2/2006, de 3 de mayo, define el currículo de la Educación Primaria como el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de esta etapa educativa.
Finalidades:
a. Adecuar al contexto del centro las prescripciones establecidas en el Decreto de Currículo (Decreto 22/2007 de 10 de mayo).
b. Favorecer la coherencia de la práctica docente a través de la toma de decisiones conjuntas de los profesores del claustro y de los equipos docentes. La actividad docente ve incrementada su eficacia cuando es el fruto de una serie de decisiones discutidas y asumidas colectivamente por los equipos docentes.
c. Aumentar la competencia del profesorado a través de la reflexión sobre su práctica docente y tomar decisiones sobre aspectos de la enseñanza que no vienen determinados desde la Administración.


















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